En pocas palabras
Cuando una persona muere por la negligencia de otra, ciertos familiares (como el cónyuge o pareja doméstica registrada, los hijos y, en algunos casos, otros familiares que dependían de la persona) pueden presentar un reclamo por muerte injusta en California. El plazo general es de dos años desde el fallecimiento, pero puede ser de seis meses si hay una entidad de gobierno involucrada.
Nada reemplaza a un ser querido. Pero cuando una muerte fue causada por la negligencia de otra persona o de una empresa, la ley de California permite que la familia reclame por la pérdida económica y emocional. Le acompañamos con respeto, con paciencia y en su idioma.
¿Quién puede reclamar?
- El cónyuge o la pareja doméstica registrada.
- Los hijos.
- Si no hay cónyuge ni hijos, otros familiares que heredarían según la ley.
- En ciertos casos, personas que dependían económicamente de quien falleció, como los padres.
Los familiares que viven fuera de Estados Unidos también podrían tener derecho a reclamar. Revisamos cada situación.
¿Qué se puede reclamar?
- El apoyo económico que la persona habría dado a la familia.
- La pérdida de su amor, compañía, cuidado, consejo y apoyo.
- Los gastos del funeral y del entierro.
- El valor de los servicios que la persona hacía en el hogar.
Además, puede haber un reclamo aparte en nombre de la persona fallecida (por ejemplo, por gastos médicos antes de su muerte).
Plazos importantes
- En general, dos años desde la fecha del fallecimiento para presentar la demanda.
- Si hay una entidad de gobierno involucrada (un vehículo de la ciudad, una calle peligrosa), normalmente hay que presentar un reclamo formal en seis meses.
No tiene que tener todo resuelto para llamarnos. Guarde certificados, facturas médicas y del funeral, y cualquier carta de aseguradoras.
¿Qué hacer después?
- No tiene que tener todo resuelto para llamarnos.
- Guarde certificados, facturas médicas y de funeral.
- Los plazos legales pueden ser cortos, sobre todo si hay una entidad del gobierno involucrada.
Esta información es general sobre la ley de California y no es asesoría legal. Cada caso depende de sus propios hechos. *Nos referimos a honorarios de abogado: si no obtenemos una compensación para usted, no nos debe honorarios. Los costos del caso son distintos de los honorarios y, según su acuerdo de honorarios por escrito, usted podría ser responsable de algunos costos.

