En resumen
Sí puede reclamar. En California, el estatus migratorio no le impide presentar un reclamo por lesiones personales y, en esos casos, la ley generalmente no permite usarlo como prueba. No tener licencia no significa que usted tuvo la culpa del choque. Lo que sí puede limitar su reclamo es manejar sin seguro: la Proposición 213 normalmente impide cobrar por dolor y sufrimiento, aunque sí se pueden reclamar gastos médicos, salarios perdidos y daños materiales.
Es una de las preguntas que más nos hacen, y muchas personas no llaman a un abogado por miedo o por pena. Aquí le explicamos, con palabras claras, qué dice la ley de California.
Si no tiene papeles
- Puede presentar un reclamo. En California, las personas lesionadas por la negligencia de otros pueden reclamar sin importar su estatus migratorio.
- Su estatus no es prueba en el caso. En casos de lesiones personales y muerte injusta, la ley de California generalmente no permite que se use el estatus migratorio de una persona como prueba ni que se investigue durante el caso (Código de Evidencia, sección 351.2).
- Somos abogados de lesiones personales, no de inmigración. Si tiene preguntas sobre su situación migratoria, le recomendamos consultar a un abogado de inmigración.
Si no tiene licencia de manejar
Manejar sin licencia es una infracción, pero no decide por sí sola quién causó el choque. Lo que importa en su reclamo es quién fue negligente: quién se pasó el alto, quién iba distraído, quién no cedió el paso. Además, desde 2015 California da licencias de manejar (AB 60) sin importar el estatus migratorio, por si quiere tramitar la suya.
Si no tenía seguro de auto: la Proposición 213
Aquí sí hay una regla importante. En California, el dueño o el conductor de un vehículo sin seguro normalmente no puede cobrar por dolor y sufrimiento (daños no económicos) en un choque. Pero sí puede reclamar:
- Gastos médicos.
- Salarios perdidos.
- Daños a su vehículo y otras pérdidas económicas.
Hay excepciones; por ejemplo, si el otro conductor es condenado por manejar en estado de ebriedad. Y si usted iba de pasajero en un carro que no era suyo, esta regla generalmente no le aplica.
Si no tiene seguro médico
- Puede atenderse con Medi-Cal si lo tiene. Si recibe una compensación, Medi-Cal puede pedir que se le reembolse parte de lo que pagó; nosotros manejamos ese trámite.
- Algunos médicos aceptan atenderle con un gravamen («lien») y cobrar al final del caso.
- Su póliza de auto puede incluir cobertura de gastos médicos («Med Pay»).
Lo que nos cuente es confidencial
En general, lo que le cuenta a un abogado para pedir asesoría legal es confidencial, aunque al final no lo contrate. Puede hablar con nosotros con confianza.
Casos relacionados
Esta guía es información general sobre la ley de California y no es asesoría legal. Las leyes y los plazos pueden cambiar y cada caso depende de sus propios hechos. Contactar a la firma no crea una relación abogado-cliente.

