En pocas palabras
Si un choque en California le dejó lesionado y no fue su culpa (o fue solo en parte), puede reclamar a la aseguradora del responsable sus gastos médicos, salarios perdidos y dolor y sufrimiento. Por lo general tiene dos años para demandar, pero si hay un vehículo o una calle del gobierno de por medio, el reclamo inicial suele tener que presentarse en seis meses. La consulta con Señor Dinero es gratis.
Un choque cambia la vida en segundos: dolor, citas médicas, días sin trabajar, el carro en el taller y llamadas de una aseguradora que quiere cerrar el caso rápido y barato. Nosotros nos encargamos del pleito para que usted se enfoque en recuperarse.
Choques que atendemos
- Choques por detrás (alcances), de lado (en «T») y de frente.
- Choques en intersecciones, al dar vuelta a la izquierda o al cambiarse de carril.
- Conductores borrachos, distraídos con el celular o a exceso de velocidad.
- Conductores sin seguro o que se dieron a la fuga.
- Choques con vehículos de trabajo, de reparto, de la ciudad o del condado.
Lo que dice la ley de California
- Culpa comparativa. Aunque usted haya tenido parte de la culpa, puede reclamar. Su compensación se reduce según su porcentaje de responsabilidad.
- Plazos. En general, dos años para presentar una demanda por lesiones personales (Código de Procedimiento Civil, sección 335.1) y tres años por daños a su vehículo (sección 338). Si el responsable es una ciudad, un condado o una agencia del estado, normalmente hay que presentar un reclamo formal en un plazo de seis meses.
- Seguro mínimo. Desde 2025, la póliza mínima en California cubre $30,000 por persona lesionada y $60,000 por accidente. En un choque serio eso se acaba rápido; por eso revisamos todas las pólizas posibles, incluyendo la cobertura de motorista sin seguro o con seguro insuficiente (UM/UIM) de su propia póliza.
- Reporte al DMV. Si hubo lesionados o más de $1,000 en daños, cada conductor debe enviar el formulario SR-1 al DMV dentro de 10 días, sin importar quién tuvo la culpa.
- Si usted manejaba sin seguro. La Proposición 213 normalmente impide que un conductor sin seguro cobre por dolor y sufrimiento, pero sí puede reclamar gastos médicos, salarios perdidos y daños materiales. Hay excepciones; por ejemplo, si el otro conductor es condenado por manejar en estado de ebriedad.
¿Qué compensación podría reclamar?
- Gastos médicos actuales y futuros: ambulancia, hospital, terapia física, cirugías y medicinas.
- Salarios perdidos y capacidad reducida para trabajar.
- Dolor, sufrimiento y angustia emocional.
- Reparación o pérdida total de su vehículo y renta de un carro mientras tanto.
- Otros gastos del accidente, como transporte a citas médicas o ayuda en casa.
Cada caso es diferente: el valor depende de sus lesiones, de las pruebas y de las pólizas disponibles. Nadie le puede prometer una cantidad.
Errores que pueden costarle dinero
- Darle una declaración grabada a la aseguradora del otro conductor sin asesorarse.
- Aceptar el primer cheque o firmar un finiquito («release») antes de saber qué tan graves son sus lesiones.
- Dejar de ir al médico o a terapia: la aseguradora lo usa para decir que «no estaba tan lastimado».
- Publicar fotos o comentarios del accidente en redes sociales.
¿Qué hacer después?
- Llame al 911 si hay heridos y pida un reporte policial.
- Tome fotos de los vehículos, la calle, las placas y sus lesiones.
- Pida nombre, teléfono y datos del seguro del otro conductor y de los testigos.
- Vaya al médico aunque “no se sienta tan mal”: algunas lesiones aparecen después.
Esta información es general sobre la ley de California y no es asesoría legal. Cada caso depende de sus propios hechos. *Nos referimos a honorarios de abogado: si no obtenemos una compensación para usted, no nos debe honorarios. Los costos del caso son distintos de los honorarios y, según su acuerdo de honorarios por escrito, usted podría ser responsable de algunos costos.

